TAREA PRÁCTICA DE CASOS
1.- Juan Saltamontes fue contratado para trabajar con la Empresa Los Melancólicos S.A. el 7 de febrero del 2015. Su salario fue de 325,000.00 colones exactos. Su patrono lo despidió el 27 de noviembre del 2015, calcule cuanto le corresponde de preaviso.
2.- María Saltamontes, hermana de Juan, trabaja para Coopemontecillos R.L., desde el 10 de octubre del año 2007 y su salario actual es de 652,000.00 colones exactos. Por reestructuración la despiden el 10 de mayo del año 2011. Calcule la cesantía y el preaviso que le corresponden.
3.- Pedra Cecilia Bonilla Duran trabaja en INTEL desde el año 2000, primero de junio, con un salario actual de 675,000.00 colones exactos. La Gerencia ha determinado cesar a la trabajadora a partir del primero de noviembre del año en curso, por favor calcule la cesantía y el preaviso.
4.- Manuel trabaja para el Restaurante Chayotes y su patrono le indica que este 11 de abril así como jueves y viernes Santo debe trabajar con su horario normal de 5 de la Tarde a 11 de la Noche y que el pago de su salario es el mismo de siempre. Puede el patrono hacer esto? En que tipo de jornada se en encuentra Manuel trabajando? Cual es la Diferencia entre Jornada y Horario?
5.- Serapio Artavia trabaja pra Toño S.A. desde hace 12 años los primeros 5 años gano la suma de ¢300.000 colones mensuales los siguientes 5 años la suma de ¢400.000 colones mensuales y los últimos dos años la suma de ¢500.000 colones mensuales salvo los meses de febrero, junio y agosto del ultimo año en que por horas extra el gano ¢650.000 colones mensuales, además tiene mas de sesenta semanas de no ir a vacaciones. El patrono decide despedirlo el 30 de Septiembre y le ordena que a partir del siguiente 15 de Octubre del 2010 no trabaje más. ¿Puede el patrono hacer esto? ¿Deben pagarle preaviso y cesantía? ¿Qué deben pagarle y cuánto?
6.- Julieta trabaja como enfremera desde 1 de marzo del 2007 en el Hospital san Carlos. Empezó ganando la suma de ¢250.000, después de dos años le aumentaron a ¢300.000 colones y al año siguiente recibe un aumento de ¢350.000 colones. En el año 2011 no tomo vacaciones y tuvo una licencia por maternidad desde el 01 Octubre del 2010 al 30 enero del 2011, el 2 de febrero del 2011 pide a su jefe vacaciones. ¿Debe el patrono concederle vacaciones? ¿Cuantos días? Y si no le corresponde, ¿Qué cantidad le debe pagar el patrono?
5.- Serapio Artavia trabaja pra Toño S.A. desde hace 12 años los primeros 5 años gano la suma de ¢300.000 colones mensuales los siguientes 5 años la suma de ¢400.000 colones mensuales y los últimos dos años la suma de ¢500.000 colones mensuales salvo los meses de febrero, junio y agosto del ultimo año en que por horas extra el gano ¢650.000 colones mensuales, además tiene mas de sesenta semanas de no ir a vacaciones. El patrono decide despedirlo el 30 de Septiembre y le ordena que a partir del siguiente 15 de Octubre del 2010 no trabaje más. ¿Puede el patrono hacer esto? ¿Deben pagarle preaviso y cesantía? ¿Qué deben pagarle y cuánto?
6.- Julieta trabaja como enfremera desde 1 de marzo del 2007 en el Hospital san Carlos. Empezó ganando la suma de ¢250.000, después de dos años le aumentaron a ¢300.000 colones y al año siguiente recibe un aumento de ¢350.000 colones. En el año 2011 no tomo vacaciones y tuvo una licencia por maternidad desde el 01 Octubre del 2010 al 30 enero del 2011, el 2 de febrero del 2011 pide a su jefe vacaciones. ¿Debe el patrono concederle vacaciones? ¿Cuantos días? Y si no le corresponde, ¿Qué cantidad le debe pagar el patrono?
Comentarios
Publicar un comentario